Un fallo de Cámara en EE UU, contra la Argentina y a favor de …

La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York calificó ayer a la Argentina de deudor “reacio” y “empedernido” y rechazó la propuesta que presentó para cumplir con el fallo del juez Thomas Griesa, quien ordenó el pago en efectivo de 1.330 millones de dólares más intereses a los acreedores que entablaron reclamos judiciales en los Estados Unidos.

Entre otras menciones críticas, el Tribunal dijo que el país es un “deudor singularmente reacio”, en una declaración de 25 páginas que apuntó a desactivar los argumentos que aportaron los abogados sobre la imposibilidad de pagar 100% a los tenedores que no ingresaron a los canjes de 2005 y 2010.

El fallo indicó que la Argentina no pudo aportar ni “argumentos” ni “evidencias” sobre una eventual situación de imposibilidad de pago.

La noticia encontró al ministro de Economía, Hernán Lorenzino, en Chile y la dependencia a su cargo optó hasta el momento por no pronunciarse sobre la adversa medida judicial.

Lorenzino y el vicepresidente Amado Boudou asumieron un papel protagónico en ocasión de la audiencia que se desarrolló en Nueva York en la que Argentina presentó una propuesta de pago, cuyos términos eran similares al canje de 2010.

La decisión fue adoptada por la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York en la causa que iniciaron los fondos especulativos de inversión NML Capital y Aurelius Capital, junto a unos 15 acreedores particulares, la mayor parte argentinos.

Ante la posibilidad de un fallo adverso, la Argentina ya había elevado una apelación a la Corte Suprema de los Estados Unidos, que aún no se pronunció sobre si aceptará o rechazará su tratamiento.

El fallo lo redactó el juez republicano Barrington Parker, integrante del tribunal junto a las juezas Reena Raggi y Roosemary Pooler.

El tribunal descartó el argumento del Gobierno según el cual una decisión contraria a los intereses nacionales pondría en jaque las reestructuraciones de deuda de otras economías, en medio de la crisis europea.

“Es justo que un acreedor reciba lo que negoció y a lo que, por lo tanto, tiene derecho, aún si otros acreedores cuando reciben lo que negociaron no obtienen lo mismo”, planteó el magistrado.

Con ese párrafo, el fallo dio por tierra con la postura del Palacio de Hacienda según la cual mal podría pagarse el 100 por ciento de lo adeudado cuando quienes entraron a los canjes de 2005 y 2010 aceptaron quitas y mayores plazos para hacerse de lo que se les debía.

“La decisión de esta Corte no hace otra cosa que obligar a la Argentina a mantener su obligación contractual de igual trato, no se observa un abuso de discreción”, agregó la disposición judicial.

Los magistrados de Nueva York calificaron a la Argentina como un “deudor singularmente reacio” a cumplir con sus obligaciones, y minimizaron las consecuencias catastróficas que plantearon los abogados que contrató el Gobierno: “Son especulativas, hiperbólicas y casi todas una invención propia”.

LA PROPUESTA

La propuesta que el Gobierno había presentado a fines de marzo, ahora rechazada, mantenía los términos de los canjes de 2005 y 2010, con un bono Par a 25 años, a amortizar íntegramente en 2038, con tasas del 2,35 al 5,25 por ciento, y uno de Descuento con vencimiento en 2033 y una tasa del 8,25 por ciento.

La Argentina consideró que la oferta era “consistente con la cláusula pari passu”, uno de los argumentos exigidos por los tribunales norteamericanos.

Los bonos par ofrecidos no tenían quita y estaban destinados a inversores de hasta 50 mil dólares por serie, en tanto los Discount no tenían límite.

Esa propuesta se hizo en respuesta a un pedido que emitió el 1º de marzo el tribunal, tras los alegatos que tuvieron lugar en la audiencia oral celebrada el 27 de febrero en Nueva York. Durante ese trámite judicial la Argentina manifestó su voluntad de lograr un acuerdo con los bonistas que litigan, pero bajo condiciones “razonables”.

La Corte de Apelaciones neoyorkina que entiende en la demanda que los holdouts le hicieron a la Argentina por el 100% de la deuda que aún mantienen en su poder señaló además que el país “falló en demostrar” que no puede pagar el total de las tenencias a los demandantes.

La sentencia, escrita por el juez Barrington Parker, no sólo calificó al país de deudor “reacio” y “empedernido”, sino que refutó las razones que presentó en nombre del Gobierno el estudio de abogados Cleary Gottlieb Steen Hamilton, sobre las que dijo que no resultaron ser aportes ni de “argumentos” ni de “evidencias” sobre una eventual situación de imposibilidad de pago.

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