Economía firmó acuerdos bilaterales con Estados Unidos y Suecia …

Kicillof recibió, en primera instancia a Mamet y más tarde a la representante diplomática de Suecia, Gufran Al-Nadaf, para firmar ambos acuerdos.

Durante el encuentro con las autoridades estadounidenses, Kicillof destacó la decisión de la República Argentina de regularizar los pasivos internacionales producidos por el default del año 2001, que derivaron en este histórico acuerdo con los países acreedores del Club de París el año pasado.

"De esta manera, Argentina continúa dando soluciones consensuadas a los diversos pasivos financieros internacionales, como fueron los canjes de deuda de 2005 y 2010 para el 93% de los acreedores, el pago al FMI en 2006, los pagos a las empresas con laudos en el CIADI en 2013 y el convenio de solución amigable con Repsol, el año último", sostuvo la cartera que conduce Kicillof.

En tanto, el ministro y la diplomática sueca resaltaron el trabajo conjunto realizado por ambos países para llegar a este acuerdo, que propicia una nueva fase en la relación bilateral entre Argentina y Suecia.
Kicillof y la representante sueca resaltaron el trabajo conjunto realizado por ambos países para llegar a este acuerdo, que propicia una nueva fase en la relación bilateral entre Argentina y Suecia.

De esta manera, Argentina continúa dando soluciones consensuadas a los diversos pasivos financieros internacionales, como fueron los canjes de deuda de 2005 y 2010 para el 93% de los acreedores, el pago al FMI en 2006, los pagos a las empresas con laudos en el CIADI en 2013 y el convenio de solución amigable con Repsol, el año último.

"Todas estas son soluciones producto de la negociación y el consenso y que respetan el principio de sustentabilidad, sin poner en riesgo el crecimiento y la inclusión social del país", subrayó el Ministerio de Economía.

La Declaración Conjunta firmada con los países miembros del Club de París estableció las condiciones generales de la refinanciación de la deuda y sirve de base para los acuerdos bilaterales a celebrarse con cada país acreedor. Los convenios bilaterales suscriptos se ajustan a las disposiciones generales contenidas en la mencionada declaración conjunta.

Fuente: Télam

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