Causa Amia: Gils Carbó cree que la Corte no debe intervenir en …

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, opinó hoy que la Corte Suprema no es el tribunal que debe intervenir, al menos por ahora, en el caso abierto por un pedido de inconstitucionalidad de la ley que aprobó el acuerdo de Argentina e Irán por la causa Amia.

Gils Carbó se pronunció por "declarar la incompetencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para entender en forma originaria en este juicio".

Pero además anticipó su opinión en el sentido de que la entidad que hizo la presentación, un grupo de abogados autodenominados "peronistas", no tendría "legitimidad" para accionar judicialmente contra el acuerdo, se supo en Tribunales de fuentes judiciales. Es que la procuradora -promotora del movimiento oficialista "Justicia Legítima"- opinó sobre un planteo que habían hecho esos abogados tras la aprobación de la polémica ley respaldando el acuerdo con Irán.

Ahora, la Corte Suprema tendrá que analizar si coincide con el criterio de la Procuradora y si envía la causa a un tribunal de primera instancia, o si se aboca a analizar el tema.

Mientras tanto, la jueza en lo Contencioso Administrativo Alejandra Bitter tiene en sus manos la denuncia que presentaron las entidades judías Amia y Daia pidiendo la nulidad del acuerdo con Irán y una medida cautelar que frene el levantamiento de las órdenes de captura para cinco de los ocho iraníes que están prófugos por la voladura de la mutual judía en 1994.

En enero pasado, el canciller Héctor Timerman anunció el acuerdo con Irán con la intención de avanzar en la causa Amia, que habilitaba la creación de una "Comisión de la Verdad" integrada por expertos internacionales para analizar el expediente por la voladura de la mutual y disponía que, apenas entrara en vigencia, se caerían las alertas rojas dictadas por Interpol para capturar a cinco de los ocho iraníes prófugos.

En un rápido trámite, el Congreso aprobó el acuerdo y lo convirtió en ley en febrero, pero aún no entró en vigencia porque todavía no hubo novedades en el Parlamento iraní, que también debería dar su aval a este acuerdo internacional.

El acuerdo generó numerosas críticas de la comunidad judía y también de expertos constitucionalistas que advirtieron, principalmente, sobre la violación al artículo 109 de la Constitución Nacional, que establece que el Poder Ejecutivo no puede arrogarse funciones judiciales.

Entre esos cuestionamientos, estuvo la presentación en la Corte Suprema de la entidad Abogados en Propuesta Peronista (Aprope), pidiendo considerar "inconstitucional" la ley 26.843.

Ahora, Gils Carbó opinó que "no corresponde a la competencia originaria de la Corte, dado que la presente causa no concierne a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, no es parte una provincia, y no se dan las circunstancias que la habilitan".

El pronunciamiento no cierra la puerta a la intervención de la Corte sino que manda el expediente a recorrer el camino habitual en la Justicia: primera instancia, cámara y luego, finalmente, el máximo tribunal.

Además, sobre la facultad de Aprope para accionar judicialmente, Gils Carbó opinó que "admitir la legitimación en un grado que la identifique con el generalizado interés de todos los ciudadanos en el ejercicio de los poderes de gobierno, deformaría las atribuciones del Poder Judicial en sus relaciones con el Ejecutivo y con la Legislatura". El atentado contra la mutual judía se produjo el 18 de julio de 1994. El ataque explosivo mató a 85 personas y produjo heridas a más de 200.

Las investigaciones determinaron que detrás de ese ataque, así como el perpetrado contra la embajada de Israel dos años antes, estaba el régimen islámico de Irán.

Tras un juicio contra presuntos integrantes de la "conexión local" del atentado -que terminó con los acusados absueltos-, la Justicia ordenó la captura de prominentes dirigentes iraníes considerados responsables del atentado.

Irán nunca entregó a los acusados y así se llegó al memorándum firmado entre ese país y la Argentina para tratar de esclarecer el caso.

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